El delito de descubrimiento y revelación de secretos está en la actualidad regulado por el Capítulo I del Título X del Código Penal español (Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio), artículos 197 a 201.
¿Cómo se cometen estos delitos?
Debido a que cada vez estamos más conectados y utilizamos cada vez más las comunicaciones en nuestro día a día, como puede ser a través del correo electrónico, redes sociales u otros medios de comunicación a través de Internet, móvil, ordenador, etc… este tipo de delito se comete cada vez con más frecuencia.
Se podría dar este tipo de delito si.
- Se ha accedido a los mensajes, conversaciones, etc.. de su teléfono móvil
- Se produce con mayor frecuencia que parejas o personas cercanas, espían correos electrónicos, conversaciones de whatsapp, perfiles de facebook, twitter u otras redes sociales.
- Difusión de imágenes o contenidos sobre la persona a través de medios telemáticos.
Denuncia del delito de descubrimiento y revelación de secretos
Ante este tipo de delito deberás contar con el asesoramiento de abogados especializados en delitos de descubrimiento y revelación de secretos o en todo caso, con Abogados Especialistas en Derecho Penal.
Se puede contactar tanto con Abogados en Valencia, como de otras comunidades, ya que se desplazan para realizar el asesoramiento legal.
Respecto a Abogados especializados en Derecho Penal en Valencia se puede visitar el directorio de abogados recomendados Legadoo.com http://legadoo.com/abogados_valencia/?servicio=penalista